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9/2/2022 12:00:00 AM 0

Preguntas frecuentes al vender una sentencia de reparación directa

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Al momento de realizar un proceso de venta de una sentencia de reparación directa, surgen diversas dudas. Este artículo tiene como propósito listar y responder las preguntas que aparecen con mayor frecuencia al vender una sentencia de reparación directa.

¿En qué momento es viable vender una sentencia?

Una de las primeras cuestiones que surgen a la hora de vender una sentencia es el instante en que es válida la venta. En otras palabras, desde qué punto de la demanda es posible realizar la venta de la sentencia. En Confival, compramos sentencias ejecutoriadas y con turno de pago. Esto quiere decir que únicamente se compran sentencias que ya estén en firme y que cuenten con un turno de pago expedido por la entidad.

Sin embargo, en Confival te ayudamos a agilizar tu proceso, una vez se encuentra en firme. De esta manera, te ayudaremos en el trámite de la presentación de la cuenta de cobro de modo que obtengas el turno de pago correspondiente sin ningún reproceso.

¿Confival reconoce intereses?

Como bien sabemos existen dos tipos de regímenes: CCA y CPACA que cuentan con diversas condiciones que finalmente dictan las reglas y características de las sentencias. En este orden de ideas, conforme al régimen y al cumplimiento adecuado de las condiciones, Confival reconocerá intereses.

Buen ejemplo de ello es una sentencia cuyo régimen es CPACA, para este tipo de régimen se causan intereses a la tasa DTF los primeros 10 meses. Estos intereses son bastante bajos, motivo por el cual, no habrá mayor reconocimiento de intereses, pero posterior a estos 10 meses, la tasa pasa a ser la tasa de usura, por lo cual, se reconocerán mayores intereses después de estos meses iniciales.

Claro está se deben tener en cuenta condiciones como la presentación de la cuenta de cobro en el tiempo estipulado, de modo que la entidad no aplique una cesación de intereses. Para conocer más acerca de esto, te invitamos a leer: Diferencias entre el código CCA y CPACA para sentencias de reparación directa.

¿Qué tipo de intereses reconocen?

Otra pregunta que se realiza con frecuencia es el tipo de interés reconocido, si es interés simple o interés compuesto. Esta pregunta, surge bajo la falsa creencia que el Estado reconoce intereses compuestos (cuando se habla de intereses compuestos se dice que se causan intereses sobre intereses y por ende se evidencia un crecimiento exponencial en el monto a pagar), lo cual no es una realidad en el contexto de sentencias. Al igual que las entidades, Confival reconoce intereses simples.

¿Qué porcentaje de descuento se maneja?

Una vez son reconocidos intereses, Confival hace un descuento del 5% al 10%, generándote la mejor oferta por tu sentencia. Este descuento ocurre porque estás recibiendo un pago anticipado, el cual disfrutarás de manera oportuna. Así, seremos nosotros, como Confival, quien esperará el pago por parte de la entidad.

¿Qué necesito para vender una sentencia de reparación directa?

Sin lugar a dudas, esta es una de las preguntas que más se repite en los clientes, cómo iniciar la negociación y qué documentos iniciales se necesitan. Para iniciar la venta, los documentos son muy sencillos, pues son aquellos que hacen referencia directa al proceso:

1. Copia de la sentencia de primera y segunda instancia.

2. Copia de la constancia ejecutoria.

3. Copia del radicado de la cuenta de cobro.

4. Copia del documento de asignación de turno de pago.

Si inicialmente no cuentas con alguno de estos documentos, podremos realizar una oferta con algunos datos, que nos ayudan a responder estas preguntas inicialmente.

¿Listo para vender tu sentencia de reparación directa?

Cotizar tu sentencia es muy sencillo. Tu oferta será presentada de manera transparente por uno de nuestros abogados comerciales y podrás disfrutar de tu dinero en un tiempo corto. ¡No lo pienses más, cotiza tu sentencia y disfruta de tu dinero ahora!

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